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El cálculo del finiquito puede resultar algo complicado para aquellos que pasan por esta situación por primera vez. La realidad es que es mucho más sencillo de lo que parece y en este post te lo vamos a aclarar de forma simple. Con unos pocos cálculos básicos vas a poder saber cuanto te corresponde cobrar en menos de 5 minutos.

¿Qué es el finiquito?

Se trata de una de liquidación que se hace cuando se termina la vinculación laboral entre un trabajador y su empleador. Esta liquidación comprende todas las cantidades adeudadas entre el trabajador y la compañía. Dentro de la misma se expresa la voluntad de ambas partes para dar por finalizada la vinculación laboral y se detalla todos los conceptos y cantidades correspondientes de pagar.

Conceptos que deben formar parte del finiquito:

  • El salario proporcional a los días trabajados
  • La proporción de las pagas extraordinarias no gozadas
  • El pago de las vacaciones generadas y no gozadas
  • Indemnización por despido (no aplica si hablamos de un despido o baja voluntaria)

¿Cómo se calcula el finiquito?

Para poder calcularlo vamos a necesitar saber lo siguiente:

  • El salario del último mes
  • Las vacaciones a las que tienes derecho y no has disfrutado
  • Las pagas extras

Vamos a graficar una situación para que se pueda entender mejor. Supongamos que un empleado cuyo sueldo es de 1000€ por mes y percibe un plus adicional de 70€. Tiene derecho a dos pagas extras al año de 1000€ cada una. El 19 de mayo decide demitir voluntariamente a su puesto.

Liquidación del salario

En primer lugar, debemos calcular el salario proporcional a los días trabajados en el mes, para ello debemos sumar el salario mensual más los adicionales. En este caso:

Salario diario= (1000€+70€)/30días = 35,6€ Diarios

Luego:

35,66€ Diarios X 19 días trabajados = 677,77€

Liquidación de las vacaciones

Suponiendo que el trabajador no haya gozado de sus vacaciones, sabemos que le corresponden 30 días de vacaciones por año trabajado. Para calcular la proporción haremos una norma de 3 simple:

Leer  ¿Qué dice la legislación sobre el control horario de los empleados?

360 – 30

139  –  x

El resultado, en esta circunstancia, es de 11,58 días que le corresponden de vacaciones proporcionales al tiempo trabajado. De esta dinámica lo que corresponde cobrar es:

11,58 días X 35,66€ = 413,06€

Liquidación de pagas extras

Debemos explicar que la paga navideña se devenga el 1 de enero del año en curso y la de verano a partir del 1 de julio del mismo año. En aquellos casos donde el trabajador tenga prorrateadas dentro de la propia nómina estas pagas extra, no se realiza éste cálculo.

En nuestro ejemplo, como ha trabajado hasta el 19 de mayo (139 días), debería recibir la paga extra navideña, no obstante, no le corresponde la de verano, la cual se devenga a partir del 1 de julio

El cálculo sería el siguiente:

Paga extra 1000€ / 365 días = 2,73€ por día

2,73€ por día X 139 días trabajados = 380,82€

Si sumamos todos estos conceptos obtendremos el total del finiquito a liquidar. De este modo, SALARIO PROPORCIONAL + VACACIONES PROPORCIONALES + PAGA EXTRA PROPORCIONAL (677,77€ + 413,06€ + 380,82€) = 1471,65€

Cálculo de indemnización por despido

En este caso lo más recomendable y objetivo es usar la calculadora de indemnización que provee el poder judicial en su web. http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-indemnizaciones-por-extincion-de-contrato-de-trabajo/

En este caso se contemplan todas las variantes y de una forma sencilla vas a poder calcular tu indemnización por despido

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

El finiquito es la documentación legal y obligatoria que respalda cualquier forma de extinción laboral. Por otra parte, la indemnización solo es obligatoria cuando se finaliza la vinculación laboral por despido improcedente, despido colectivo, despido con causas objetivas, o bien, extinción del vínculo laboral por finalización de un contrato temporal. Recordarmos que en caso de excedencia voluntaria, no corresponde este tipo de liquidación.

Finalmente, es útil recordar que a la hora de la firma el trabajador puede solicitar la presencia de su representante legal o sindical si contempla que las cantidad o conceptos de la liquidación no son correctos. En este caso el trabajador deberá firmar como “no conforme”. De todas maneras, en caso que hayamos firmado conformes, contamos con un plazo de hasta un año para realizar reclamaciones legales e impugnar el finiquito.

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