Después de algunos años de consultas el Gobierno por fin toma la decisión. El 8 de marzo de 2019 y anunció en el Consejo de Ministros la aprobación de un nuevo Decreto Ley sobre el registro de la jornada laboral.

El Real Decreto Ley 8/2019 del 8 de marzo define la obligatoriedad del registro de jornada y control de horario de entrada y salida de los empleados. Esta resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y debe ser cumplida cabalmente por todas las compañías.

Este decreto entrará en vigencia a partir del 12 de mayo del año en curso y es obligatorio para todos los trabajadores de la compañía. Este registro debe ser guardado por 4 años por cualquier reclamo. En el caso de no cumplir las 2 condiciones la compañía podría ser multada.

Hasta antes de la entrada en vigencia de este Decreto ley las compañías sólo tenían la obligación de registrar el horario a los trabajadores con contrato a media jornada o tiempo parcial. Para los demás trabajadores era opcional. Lo que sí era obligatorio en ambos casos, es el registro de las horas extraordinarias.

Este nuevo Real decreto Ley 8/2019 estipula el registro obligatorio del horario de los empleados dicho de otra forma las compañías deben garantizar el registro diario de la jornada de trabajo de todos sus trabajadores, esto conlleva el horario exacto de cada trabajador hora de entrada y salida de la jornada laboral.

Esto se debe a que a nivel nacional algunas compañías nunca pagaban las horas extraordinarias de trabajo por no haber forma de chequear que se realizaron y de este modo no se cotizaban esas horas en la Seguridad Social.

Todavía algunas compañías están decidiendo si el registro lo hacen de manera manual o con las tecnologías de estos tiempos. Todo va a depender del presupuesto con el que se cuente, dado que se puede realizar por un sistema de tarjeta, plantillas de control de horarios, software de control o un sistema biométrico.

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Objetivos del Control Horario de los Trabajadores

La Aprobación de esta reforma laboral lo que pretende es proteger al trabajador y asegurar lo siguiente:

  1. Asegurar el cumplimiento de la jornada laboral dentro de sus límites establecidos en el contrato de trabajo.
  2. Permitir la observación o verificación del horario por parte de la Seguridad Social, creando un ambiente de garantía legal para la compañía y el trabajador y que solucionen los desacuerdos en materia de salario y jornada laboral.
  3. Supervisar si existen horas extra no abonadas dado que en algunos casos sobrepasan las aceptadas dado que en ocasiones ocultan jornadas completas, como ocurre a menudo con los empleados de tiempo parcial.
  4. Detener y controlar el ausentismo laboral.
  5. Terminar con la inestabilidad laboral.

El control horario es un instrumento para que la Inspección de Trabajo pueda constatar las horas extras que labora un empleado. En caso de hacerlas, queda un respaldo legal para que las mismas sean remuneradas. Además, gracias a esto se podrá incrementar tanto la motivación del personal como su productividad, y esto podría llegar a ser favorable para la compañía como para el trabajador.

Ventajas del control horario obligatorio

  • El control horario posibilita tener transparencia y confianza en cuanto a el tiempo trabajado dado que el mismo empleado puede en el momento que lo requiera tener registros de sus horas trabajadas y saber si hay sobretiempo y optar por la flexibilización de su jornada laboral.
  • El trabajador podrá incrementar su autoestima dado que tendría el control de su trabajo y podría elegir cómo y cuándo realizarlo.
  • Se puede dar a conocer las horas más productivas de cada trabajador. De tal forma que se puede tienes a tu disposición realizar las actividades más importantes en ese período de tiempo
  • Aumenta la motivación en la productividad de los trabajadores.
  • Se podrá reducir el ausentismo laboral no justificado.
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